División del Área Técnica Municipal

La División del Área Técnica Municipal, es la Unidad Orgánica, encargada de la prestación de los servicios públicos locales de agua potable y saneamiento, que asume la gestión directa, para lo que tendrá que planificar, promover, coordinar, ejecutar, controlar y desarrollar acciones relativas a la administración y reglamentar directamente el servicio de agua potable y saneamiento en el distrito.

Son Funciones del Área Técnica Municipal (ATM) las Siguientes

  1. Operar y mantener actualizado el registro de coberturas y estado situacional de servicios de agua y saneamiento.
  2. Planificar y promover el desarrollo de los servicios de saneamiento en el distrito, de conformidad con las leyes y reglamentos sobre la materia.
  3. Evaluar en coordinación con el Ministerio de Salud la calidad del agua que brindan los servicios de saneamiento existentes en el distrito.
  4. Programar, coordinar, ejecutar y supervisar las acciones de capacitación a usuarios y operadores del servicio de agua y saneamiento de su distrito, en concordancia con las metodologías y contenidos de capacitación diseñados y/o actualizados por el ente rector.
  5. Velar por la sostenibilidad de los servicios de saneamiento del distrito.
  6. Supervisar el servicio de agua y saneamiento de su jurisdicción.
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Steven Williams Ibarra Vera

Encargado de la División del Área Técnica Municipal

Correo municipal: steven.ibarra@muniolleroshuarochiri.gob.pe

  1. Brindar apoyo técnico en la formulación de proyectos e implementación de proyectos integrales de agua y saneamiento, en sus componentes de infraestructura, educación sanitaria, administración, operación y mantenimiento y en aspectos ambientales de acuerdo a su competencia.
  2. Promover la formación de organizaciones comunales (JASS, comités u otras formas de organización) para la administración de los servicios de saneamiento, reconocerlas y registrarlas. Brindar asistencia técnica y supervisar a las organizaciones administradoras de servicios de saneamiento del distrito.
  1. Disponer las medidas correctivas que sean necesarias respecto al cumplimiento de las obligaciones de las organizaciones comunales prestadoras del servicio de agua y saneamiento.
  2. Registrar el seguimiento y evaluación de la prestación del servicio.
  3. Presentar ante la instancia competente la información que corresponda ser presentada o publicada en cumplimiento de las normas de transparencia.
  4. Brindar asesoramiento y asistencia técnica a las organizaciones comunales de la JASS.
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